martes, abril 28, 2026
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El Senado publicará el Código Penal como ley si Abinader no lo promulga antes del 10 de agosto

Abinader también tiene la facultad de devolver la pieza al Congreso con sus observaciones

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, puede publicar el Código Penal como ley si Abinader no lo observa ni lo promulga en el tiempo que establece la Constitución. (FUENTE EXTERNA)

El presidente Luis Abinader tiene hasta el domingo 10 de agosto para promulgar u observar el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso Nacional. Si no lo hace dentro de ese plazo, la ley será publicada automáticamente, tal como establece la Constitución.

Este viernes, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, y la secretaria del bufete directivo, Lía Díaz, firmaron el proyecto y lo remitieron al Poder Ejecutivo, iniciando formalmente el conteo de los diez días hábilespara su promulgación.

De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución dominicana, cuando una ley es enviada al Poder Ejecutivo, este debe

El artículo 102 también permite que el presidente devuelva la ley con observacionesdentro del mismo plazo. En ese escenario, el Congreso tendría la última palabra sobre si acoge los cambios sugeridos o insiste en el texto aprobado.

La actual legislatura extraordinaria, que permitió que el código se apruebe, tiene vigencia hasta el martes 5 de agosto, es decir, cinco días después de que el Senadoremitiera el proyecto al Poder Ejecutivo.

Sin embargo, si aun cuando cierre la legislatura extraordinaria Abinader no ha promulgado ni observado el proyecto, la legislatura queda automáticamente vigente y extendida hasta que se resuelva el tema, según lo que dispone el artículo 106 de la Constitución.

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